¿Qué es el contrato de encomienda?
Desde enero de 2018 es obligatorio que todas las organizaciones que quieran ser partícipes de la formación programada, es decir, otorgar formación a sus empleados a partir del crédito que les ofrece el Sistema de Formación Profesional para el Empleo, firmen un contrato de encomienda o unas hojas de adhesión al contrato de encomienda basadas en la Ley 30/2015.
En resumen, el contrato de encomienda es el encargado de regular la relación entre las entidades que van a proporcionar formación a sus empleados y la organización externa encargada de tramitar esa formación.
Para comprender mejor qué es un contrato de encomienda, debes saber que este contrato debe inscribirse una vez que la empresa decida formar a sus trabajadores a través de la formación bonificada o programada y contrate a una organización externa encargada de tramitar y gestionar todos los trámites.
¿Cómo se lleva a cabo el contrato de encomienda?
La encomienda de gestión se produce a través del contrato de prestación de los servicios de formación de la empresa contratante a la empresa externa, pero con la peculiaridad de que ambas conserven sus propios aspectos jurídicos.
¿Cuáles son los requisitos de cada una de las empresas para que pueda producirse el contrato?
Los requisitos que deben cumplir las empresas que van ser beneficiadas de la formación bonificada, son los siguientes:
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Mantenerse al día en los pagos con Hacienda y la Seguridad Social.
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Justificar la asistencia del personal beneficiario de la formación bonificada, ya sea de modo online, presencial o semipresencial.
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Que el personal cumpla los documentos vinculados a los estándares de calidad.
- Cumplimentar todas las obligaciones indicadas en el Real Decreto LEY 694/2017