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Normas básicas del reglamento de facturación a cumplir por autónomos y pymes

 
 
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Normas básicas del reglamento de facturación a cumplir por autónomos y pymes
de Ciberaula Equipo Webmaster - lunes, 8 de agosto de 2022, 18:50
 
Normas básicas del reglamento de facturación

La norma busca facilitar las transacciones y garantizar igual trato en facturas electrónicas y de papel.

Reducir las cargas administrativas de las empresas, facilitar las transacciones y garantizar igual trato a las facturas en papel y electrónicas. Estos son algunos de los objetivos del Reglamento que en la actualidad regula las obligaciones de facturación para autónomos y pymes.

Según las obligaciones las facturas deberán llevar obligatoriamente número y fecha de emisión. Tanto el número de la factura como la fecha tendrán que ser correlativas en el tiempo. Aparte, tendrá que incluir la fecha de la operación en caso de que ésta no coincida con la de emisión.

Las facturas tendrán que incorporar los datos de quién las emite y de quién las recibe. Entre la información a incluir se encuentra el nombre y apellidos o razón social, el NIF y la dirección fiscal.

También incluirán la descripción de los bienes o servicios que se han vendido, el precio por unidad libre de impuestos, el tipo impositivo, la cuota tributaria y el precio final.

En el caso de que la factura esté exenta de IVA, se tendrá que hacer referencia al artículo de la ley del IVA que indique dicha exención.

Por otro lado, el sistema de facturación divide dos tipos de facturas: la completa y la simplificada ( que sustituye a los tiques de compra).

Así, las facturas simplificadas se expedirán cuando el importe no exceda de 400 euros, IVA incluido. También se expedirán cuando sean facturas rectificativas y en aquellos casos autorizados en los que el importe no exceda de 3.000 euros, IVA incluido.

En las facturas completas, por su parte, se tendrá que incluir la identificación del destinatario. Además, tendrán que emitirse antes del día 16 del mes siguiente en el que se hubiera producido el devengo.